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Guía

Publicidad en medicina estética: qué permite y qué prohíbe la normativa

La publicidad sanitaria en medicina estética está regulada por normas estatales y autonómicas que muchos médicos conocen solo a medias, y por eso el mismo tipo de publicación en redes sociales que llena una agenda puede terminar en un expediente del colegio o de la consejería. Esta guía resume el marco general, lo que suele estar permitido, lo que está prohibido de forma clara y las zonas grises donde conviene ser prudente. No sustituye al asesoramiento de tu colegio ni a la normativa concreta de tu comunidad, que puede ser más estricta.

El marco normativo, en una página

  • Ley 14/1986 General de Sanidad y Ley 34/1988 General de Publicidad: la publicidad de productos, actividades o servicios sanitarios está sometida a control administrativo y no puede ser engañosa.
  • Real Decreto 1907/1996 sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria: prohíbe, entre otras cosas, las promesas de resultado, los testimonios con fines publicitarios y la publicidad que sugiera que el producto o servicio no tiene riesgos.
  • Real Decreto 1416/1994 sobre publicidad de medicamentos de uso humano: los medicamentos de prescripción, como la toxina botulínica, no pueden publicitarse al público. No puedes anunciar «toxina botulínica desde X euros».
  • Normativa autonómica de publicidad sanitaria y de centros: varias comunidades exigen autorización o comunicación previa de la publicidad, y todas exigen que figure el número de registro del centro sanitario.
  • Código de deontología médica y normas del colegio: limitan la publicidad comparativa, la captación agresiva y la mención de títulos no reconocidos.

Lo que suele estar permitido

  • Identificarte como médico, con tu número de colegiado, y describir tu formación acreditada.
  • Informar de los tratamientos que realizas, con lenguaje descriptivo y sin prometer resultados.
  • Publicar el número de registro sanitario del centro y la unidad asistencial autorizada.
  • Contenido divulgativo: explicar en qué consiste un tratamiento, para quién está indicado, qué riesgos tiene.
  • Fotografías de resultados con autorización expresa y escrita del paciente para ese uso, sin retoques y sin presentarlas como resultado garantizado, siempre que tu comunidad y tu colegio lo permitan.

Lo que está prohibido o es claramente arriesgado

  • Publicitar medicamentos de prescripción al público: nombres comerciales, precios o promociones de toxina botulínica o de otros medicamentos.
  • Prometer o garantizar resultados, o usar expresiones como «sin riesgos», «resultados inmediatos» o «indoloro» sin matices.
  • Ofertas que inciten a un consumo no justificado: packs, descuentos por tiempo limitado, sorteos de tratamientos, «trae a una amiga».
  • Testimonios de pacientes con fines publicitarios y uso de personas conocidas para recomendar tratamientos.
  • Fotografías antes y después manipuladas o sin consentimiento específico.
  • Publicidad sin el número de registro del centro, o desde un centro que no está autorizado para medicina estética.
  • Títulos que sugieren una especialidad oficial que no existe como tal.

Redes sociales: las mismas reglas

Instagram y TikTok son publicidad a todos los efectos. Un vídeo tratando a un paciente, un reel con «resultado espectacular» o una historia con precio de toxina botulínica se rigen por las mismas normas que un anuncio en prensa. Añade a eso el consentimiento del paciente para aparecer, la protección de datos y la prohibición de mostrar menores. La prudencia razonable es publicar contenido divulgativo, mostrar tu forma de trabajar sin precios de medicamentos ni promesas, y mantener el número de registro visible en el perfil.

Influencers y colaboraciones

Pagar a un creador de contenido para que recomiende tu consulta o un tratamiento es publicidad encubierta con testimonio, dos problemas a la vez. Si colaboras con alguien, que quede identificado como publicidad y que el contenido cumpla las mismas limitaciones. En tratamientos con medicamentos de prescripción, lo más seguro es no hacerlo.

Qué revisar antes de publicar cualquier cosa

  • ¿Aparece el número de registro sanitario del centro?
  • ¿Menciono un medicamento de prescripción, su marca o su precio?
  • ¿Prometo o sugiero un resultado?
  • ¿Hay una oferta, descuento o pack que incite a tratarse?
  • ¿Uso fotografías de pacientes con autorización específica para publicidad?
  • ¿Mi comunidad exige comunicación o autorización previa de esta publicidad?

Antes que publicitar, tener a quién preguntar

Las interpretaciones cambian entre comunidades y entre colegios, y lo que un compañero publica sin problema en una ciudad puede ser sancionado en otra. En el Salón de Medars los médicos verificados comparten este tipo de experiencia, y los servicios de concierge incluyen proveedores externos de comunicación que trabajan con estas limitaciones. La membresía Basic es gratis para siempre y se activa tras verificar tu colegiación, sin tarjeta. Solicita acceso o revisa las membresías.

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